¿Cuánto es la multa por no enviar la Contabilidad Electrónica?

Los lineamientos a cumplir por los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad, los establece el Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

¿Qué es la contabilidad electrónica?

El mencionado Artículo 28, en su fracción IV del CFF, establece que estos contribuyentes ingresarán de forma mensual su información contable a través del portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto. Esto es lo que se conoce como el envío de la “contabilidad electrónica”.

Esta contabilidad electrónica consiste en enviar lo siguiente:

  • Catálogo de cuentas: con el detalle de las cuentas contables utilizadas.
  • Balanza de comprobación: debe mostrar los saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de cada cuenta.
  • Información de pólizas: en casos donde el SAT lo requiera, se deben proporcionar detalles de las pólizas de cada transacción.

El catálogo de cuentas se envía una sola vez y se actualiza únicamente cuando hay cambios, mientras que la balanza de comprobación generalmente se envía de manera mensual.

Multas

No enviar la contabilidad electrónica o hacerlo de forma incorrecta puede implicar sanciones y multas por parte del SAT. El texto indica que las multas relacionadas con la contabilidad y su envío son las siguientes:

Es de suma importancia que los contribuyentes identifiquen con claridad cuáles son sus obligaciones en materia de contabilidad electrónica y, en su caso, actualicen cualquier envío pendiente y así evitar incurrir en las multas antes mencionados.

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